Javier Beltrán Abogados
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Compara los 4 despachos de Alicante que atienden casos de divorcio express y contacta directamente con el que mejor encaje con tu caso.
Datos de contacto tal como los ha facilitado cada despacho.
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Cifras de la provincia de Alicante/Alacant (no solo de la capital), según el INE.
Quizá hayas oído hablar del «divorcio exprés». Conviene saber desde el principio que no es un término legal: es el nombre con el que se conoce el divorcio sin separación previa y sin causa que permite la ley desde 2005. Aquí te explicamos qué se puede esperar, con fuentes oficiales, si vives en la provincia de Alicante/Alacant (Comunitat Valenciana).
El INE contó 3.663 divorcios en la provincia en 2025 (cifra de toda la provincia, no solo de la capital) (Instituto Nacional de Estadística).
La información de esta página es orientativa y no sustituye el asesoramiento de un abogado.
Antes de la reforma, para divorciarse había que acreditar una causa o un tiempo de separación. La Ley 15/2005, de 8 de julio lo cambió: su exposición de motivos dice que el derecho a no continuar casado «no puede hacerse depender de la demostración de la concurrencia de causa alguna» ni de una previa e ineludible situación de separación.
Desde entonces, el artículo 86 del Código Civil establece que el divorcio se decreta a petición de uno solo de los cónyuges, de ambos o de uno con el consentimiento del otro, cuando se cumplen los requisitos del artículo 81: han de haber transcurrido tres meses desde la celebración del matrimonio, plazo que no se exige si se acredita un riesgo para la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual de quien demanda o de los hijos.
La ley no fija un «divorcio rápido» propiamente dicho: lo que cambia el recorrido es si hay acuerdo y cómo se tramita.
No indicamos plazos ni costes: dependen de cada caso y no hay una fuente oficial que los fije.
Si el divorcio va por la vía judicial, la ley atribuye el asunto al juzgado del domicilio conyugal, con las reglas del artículo 769 de la Ley de Enjuiciamiento Civil cuando los cónyuges residen en partidos judiciales distintos. En Alicante, según el directorio oficial del Poder Judicial, los asuntos de familia están en tres plazas de una misma sección:
Datos actualizados en el directorio del CGPJ.
Los requisitos para pedir el divorcio los fija el Código Civil y son los mismos en todo el Estado. La ley valenciana sobre relaciones familiares de los hijos (Ley 5/2011) fue anulada por el Tribunal Constitucional en su sentencia 192/2016.
Lo que sí puede cambiar según el derecho civil aplicable son los efectos del divorcio sobre los hijos y los bienes, por ejemplo en Navarra o Cataluña, que tienen derecho civil propio.
En situaciones de violencia dentro de la pareja existe un teléfono gratuito, el 016, del Ministerio de Igualdad: ofrece información, asesoramiento jurídico y atención psicosocial inmediata por llamada, WhatsApp (600 000 016) o correo electrónico (016-online@igualdad.gob.es). Puedes ampliar datos en la web de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género.
El servicio de conciliación del Colegio de la Abogacía, ICALIMASC (965 10 66 41; icalimasc@icali.org), puede ser un cauce para llegar a acuerdos sin pleito.
La Ley 1/1996 regula la asistencia jurídica gratuita. En Alicante, el ICALI informa de que el abogado/a de oficio se solicita con cita previa en el 966 23 01 04 (la web del ICALI).
Además de la sede de la capital, cuenta con delegaciones en Dénia, Villajoyosa-Benidorm, San Vicente del Raspeig, Elda, Novelda y Villena.
Algunas pautas que pueden servirte:
Los despachos del listado de esta página han facilitado sus datos de contacto; el listado no es una recomendación ni una clasificación.
No con ese nombre. Es la forma coloquial de referirse al divorcio sin separación previa ni causa que introdujo la Ley 15/2005.
Tres meses desde la celebración del matrimonio (arts. 81 y 86 del Código Civil), salvo que se acredite un riesgo para la vida, la integridad o la libertad de quien demanda o de los hijos.
No. La exposición de motivos de la ley dice que no puede hacerse depender de la demostración de ninguna causa.
Sí, en los casos del artículo 82 del Código Civil: con acuerdo y sin hijos menores no emancipados ni hijos mayores con medidas de apoyo, ante notario o letrado de la Administración de Justicia.
La información de esta página es orientativa y no sustituye el asesoramiento de un abogado.
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