- Provincia
- Málaga
- Comunidad autónoma
- Andalucía
- Régimen civil aplicable
- El Estatuto de Autonomía para Andalucía (Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo) no recoge ninguna competencia sobre derecho civil foral o especial propio. Las reglas de separación y divorcio son las del título IV del libro I del Código Civil, que su artículo 13.1 declara de aplicación general y directa en toda España, con excepción de las normas del régimen económico matrimonial; en lo demás, el Código Civil rige como derecho supletorio con respeto a los derechos especiales o forales de los territorios donde están vigentes (art. 13.2).
- Colegio de abogados
- Colegio de Abogados de Málaga · Tel. 951 01 79 00 / 951 017 939
- Justicia gratuita
- Según la Junta de Andalucía, la solicitud se presenta en los Servicios de Orientación Jurídica (SOJ) de los colegios de abogacía donde se halle el juzgado que vaya a conocer del asunto; ante el juzgado del domicilio si el proceso no se ha iniciado; o ante la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita si se funda en las circunstancias excepcionales del artículo 5 de la Ley 1/1996. Cada SOJ orienta sobre la viabilidad del proceso, informa de los requisitos, facilita los impresos y recibe la solicitud. El Colegio de Málaga ofrece cita previa en línea para solicitar abogado de oficio.